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Continúa la tensión entre los puertos privados y los gremios a cargo de la recepción de los granos
La conciliación obligatoria, en tanto instrumento legal donde el Estado intima a gremios y empresas a deponer un conflicto y sentarse a negociar, está siendo puesta a prueba en este presente extraordinario de aislamiento social preventivo y obligator ...
 
 
Trade News 27-03-2020 - Emiliano Galli La conciliación obligatoria, en tanto instrumento legal donde el Estado intima a gremios y empresas a deponer un conflicto y sentarse a negociar, está siendo puesta a prueba en este presente extraordinario de aislamiento social preventivo y obligatorio, donde si bien el Gobierno planteó actividades exceptuadas –como el comercio exterior y el transporte de mercaderías– la discrecionalidad interpretativa está a la orden del día.

Uno de los casos que mejor ejemplifican esta situación es la que enfrenta a la Cámara de Puertos Privados Comerciales (CPPC) con Urgara, el gremio de recibidores de granos, que manifiesta su disconformidad en relación con los términos del DNU 297/2020, en principio, y con los protocolos sanitarios puestos en marcha para garantizar que el flujo de las cargas agrarias no se interrumpa.
Esfuerzos

El presidente de la CPPC, Luis Zubizarreta, agradeció públicamente los esfuerzos del “Gobierno, los gremios, las empresas del sector y sobre todo los trabajadores para mantener operativa la cadena de logística del comercio internacional, uno de los servicios esenciales en la lucha contra la pandemia”.

“Ha habido un sinnúmero de discusiones y puntos de vista, todos de gente con buenas intenciones, que tiene que luchar entre el cumplimiento de sus obligaciones dictadas por el DNU y el miedo personal de exponerse a una pandemia”, comentó.

No obstante, desde Urgara mantienen los reparos respecto del normal funcionamiento de los protocolos, y advierten sobre la seguridad de los trabajadores. Y reclaman, sin más, la interrupción del comercio exterior por el tiempo que dure la cuarentena de los buques procedentes de países de riesgo.
Derecho a la salud

En un extenso comunicado, reclaman modificaciones del DNU 297/2020 en el entendimiento de que los trabajadores de la cadena no deben estar expuestos al riesgo del Covid, y que los buques que provienen de zonas de riesgo deben cumplimentar con la cuarentena de 14 días.

“El derecho a la salud y a la vida, está por sobre los derechos económicos producto del comercio exterior o granario”, destacaron desde el gremio, pidiendo anular la excepción de aislamiento “a la actividad en acopios, controles y puertos, porque sostenemos que se expone a los trabajadores y los habitantes de nuestro país en un innecesario riesgo”.

Denuncian “falta de controles efectivos en las vías de acceso a los puertos y en la propia actividad” y que, básicamente, las empresas no cumplen con los protocolos sanitarios, a los que de por sí consideran irrelevantes frente a la medida de cuarentena completa de la cadena del comercio exterior.
Sin garantías

“No están garantizados los mecanismos de prevención establecidos en los protocolos, un verdadero despropósito y peligro que hacemos responsable a las autoridades de expandir y ocasionar”, advirtieron.

Urgara denuncia además que los buques procedentes de zonas de riesgo ingresaron “sin el cumplimiento de las medidas de control sanitarios y sin cumplir la cuarentena o aislamiento correspondiente”.

En nombre de los “más de 3000 trabajadores de los convenios de control, de exportación y puertos privados, que se encuentran trabajando en la primera línea de contacto, en los más de 20 puertos que se encuentran operativos”, manifestaron que “nos cuesta interpretar los motivos de la declaración como servicio esencial al comercio exterior y de la actividad agropecuaria ya que se contrapone con el espíritu del DNU, que es preservar y proteger la salud de los ciudadanos limitando al máximo las posibles vías de transmisión y evitando el contagio”.
Marcha atrás con el DNU

En términos llanos, el sindicato señala que lo que el Gobierno debía considerar sobre el comercio exterior corría sólo para “actividades impostergables, es decir como una verdadera excepción a la regla, no como una habilitación a abrir la puerta de casa a extranjeros de países considerados de riesgo y por el sólo afán lucrativo de empresas multinacionales y de recaudación estatal”.

Urgara distingue lo esencial de actividades como “la salud, seguridad, industrias alimenticias, etc” del “lucro” de las “empresas privadas extranjeras agroexportadoras” por sobre “la salud, la vida y la seguridad de los trabajadores y de nuestro país”.

Martín Brindici, gerente general de CPPC, recordó que la conciliación obligatoria sigue vigente y que, no obstante, se registra un trabajo irregular por parte de “las empresas de control, que inspeccionan las bodegas de los buques en nombre de los importadores, y que recurren al personal de Urgara para ello”.
 

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